Mi nombre y/o apellidos me generan menoscabo o son motivo de burlas: la Ley autoriza el cambio cuando tu nombre y/o apellidos son ridículos, risibles o te provocan daño moral o material.
Mi nombre y/o apellidos no me representan: puedes cambiarlos cuando has sido conocido por lo menos durante 5 años con otro nombre y/o apellidos distintos de los propios y tienes motivos razonables para el cambio.
Puedes cambiarlos cuando tienes un solo apellido o ambos iguales, y tus padres no están casados o no puede demostrarse el vínculo.
Mi nombre y/o apellidos son de origen extranjero: se permite cambiarlos o traducirlos cuando no son de origen español.
No, tenemos el mismo RUN toda la vida independiente del cambio de nombre y/o apellidos.
Puedes modificar sólo tus nombres, suprimir un segundo o tercer nombre, cambiar un apellido o ambos, o todo en su conjunto, pero en un mismo procedimiento.
No, por eso se aconseja que se trate de una decisión a conciencia ya que la Ley permite modificar tu nombre y/o apellidos UNA VEZ EN LA VIDA.
No, ya que el cambio de nombre y/o apellidos NO ALTERA LA FILIACIÓN, es decir, el vínculo jurídico que existe entre un padre o madre y su hijo/a.
Sí, pero debe ser representado legalmente por su padre o madre o por ambos, según corresponda, o por quien tenga su cuidado personal.
Si son menores de edad se cambiará también el de ellos. Si son mayores, tienen la opción de elegir entre mantener su apellido u optar por el nuevo.
No. Es importante destacar que una vez que el Registro Civil rectifica tu partida de nacimiento con tu nuevo nombre y/o apellidos, deberás realizar de manera particular una serie de trámites, partiendo por obtener una nueva cédula de identidad para presentarla ante entidades públicas o privadas (por ejemplo, bancos, AFP, Isapres, Fonasa, Universidades, Cajas de Compensación, Empleadores, etc), para que actualicen su base de datos. Pero no te preocupes… NOSOTROS TE ACOMPÁÑAMOS EN TODO EL PROCESO.
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